AEION

Código de ética y conducta

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA AEION CONSULTORES LEGALES, S.C.

1. Objetivo y alcance.

Actuar con integridad es indispensable en nuestro trabajo día a día. Hacerlo de manera efectiva es crucial para el éxito continuo de AEION y para crear un lugar de trabajo en el que nuestra gente puede prosperar. El Código de Ética y Conducta Empresarial (Nuestro Código) busca ofrecer orientación sobre lo que se espera del personal como parte de AEION. Debe ayudar a lidiar con cualquier dilema, pregunta o inquietud que se pueda tener relacionada con la conducta empresarial. Nuestro Código se complementa con un conjunto de políticas globales y locales, las cuales proporcionan detalles sobre la forma de abordar temas específicos. 

El Código es aplicable a todo el personal de AEION y las empresas en donde estamos presentes. Es un documento público a la disposición de todos y sus lineamientos aplican a: 

Socios

Personal

Terceros (incluye de manera enunciativa más no limitativa, clientes, proveedores y contratistas) 

Otros grupos de interés

 

2. Valores, misión, visión.

En AEION el activo más importante y clave del éxito es su equipo humano, altamente calificado tanto en el uso de la tecnología como en el conocimiento funcional de las áreas de negocio en las que desarrollan su labor.

Nuestros valores son: 

▪ Actitud de servicio

▪ Confianza

▪ Compromiso

▪ Responsabilidad

▪ Honestidad

Misión: 

AEION es una empresa que se define como un factor clave para el desarrollo y creación de prevención y solución de conflictos legales. Porque nuestros clientes son lo más importante, contamos con la experiencia en soluciones integrales en materia legal. 

Visión: 

Asimismo, tenemos la firme visión de ser una empresa de servicio de referencia en el país, por la excelencia en sus servicios, el trato de su gente y, sobre todo, en la satisfacción plena de todos nuestros clientes.

 

3. Mensaje del Director General.

En AEION sabemos que para cumplir con nuestra misión de contribuir a la sociedad, debemos poner en práctica los valores que hemos cultivado. Actuar con compromiso, confianza, honestidad y responsabilidad, además de regirnos por las leyes, normas y reglamentos aplicables, de conformidad con los más altos estándares éticos, es parte esencial de nuestra cultura corporativa. 

El Código de Ética AEION es la base de nuestra conducta empresarial y es el fundamento de nuestras políticas, procedimientos y directrices. Ha sido aprobado por sus socios, que también ha autorizado su expedición y su actualización permanente, necesaria en virtud de los cambios que se observan en el entorno social. La actualización de este código nos permite reforzar la confianza de nuestros consejeros, colaboradores, clientes, proveedores, autoridades y comunidades. El Código de Ética AEION formaliza en un solo documento nuestros principios éticos, unifica criterios y establece un marco de referencia común que nos da rumbo para actuar siempre de manera integral. Se trata de una útil herramienta de trabajo que nos orienta para tomar las decisiones correctas con apego a nuestros valores. Invito a todos quienes formamos parte de la familia AEION a leer y consultar permanentemente nuestro Código de Ética. Es importante también, que nos reporten cualquier irregularidad que observen. Cuento con su apoyo, entusiasmo y compromiso para seguir construyendo historias de éxito y fortalecer la reputación de AEION. 

Recuerden actuar con integridad. En AEION, esa es la única manera en la que actuamos.

Con un cordial saludo,

AEION CONSULTORES LEGALES

SOCIEDAD CIVIL

 

4. Definiciones.

Acoso. – Cualquier conducta inapropiada, ofensiva o discriminatoria que crea un entorno laboral hostil. Los ejemplos de acoso incluyen insinuaciones sexuales inapropiadas, comentarios o bromas ofensivas o amenazas de cualquier tipo.

Asociaciones. – Se refiere a cualquier asociación entre empresas o individuos (incluyendo consorcios y asociaciones en participación) formada para un fin común y para emprender un proyecto específico de negocio por medio de aportaciones que pueden ser de diversos tipos, sin implicar la pérdida de autonomía como persona física o moral y con la finalidad de compartir beneficios y riesgos. 

Cabildeo. – Proceso por el cual AEION, da a conocer de manera pública, su opinión sobre un proyecto u acción del Gobierno en todos sus niveles, mediante organismos empresariales e internacionales, públicos o privados, así como cámaras empresariales, gremiales y medios de comunicación, con la intención de apoyar a las autoridades con información objetiva, experiencia previa o comparativos internacionales.

Colaborador(es). – Toda persona que tiene una relación laboral bajo un contrato escrito individual de trabajo con AEION. El término incluye al personal temporal, becarios, honorarios y miembros del Corporativo. 

Conflicto de Interés. – Existe cuando directa o indirectamente los intereses personales de los colaboradores o de sus familiares influyen de forma real, potencial o aparente en la toma de decisiones de operaciones o negociaciones, contraponiéndose a la responsabilidad que tienen de actuar en beneficio de AEION. Los conflictos de interés pueden darse en todos los niveles organizacionales. Los conflictos de interés pueden ser de índole económica o no económica.

Corrupción. – La promesa, ofrecimiento o entrega, solicitud o recepción – directa o indirectamente – de cualquier Ventaja Indebida (monetaria o de otro tipo) a otra persona, para que ésta, en violación de sus tareas, actúe o deje de actuar para retener negocios u obtener cualquier beneficio o ventaja indebida. 

Directivo. – El Colaborador con nivel de Dirección de Área, Dirección General y Dirección Corporativa. 

Donativos o Donaciones. – Las contribuciones voluntarias como acto de compromiso con la comunidad, sin expectativas de alguna retribución. Los donativos pueden ser un apoyo financiero o consistir en servicios o productos (en especie), tanto nuevos como usados, como ropa, juguetes, alimentos, vehículos, vivienda, alivio de emergencia, artículos de ayuda humanitaria, apoyo para ayuda en desarrollos y atención médica, entre otros. 

Due Diligence. – Investigación reputacional y de antecedentes de actos y litigios de una empresa o persona previa a la contratación y/o firma de un contrato o acuerdo con un Tercero para identificar potenciales riesgos de Corrupción. 

Entidad Privada.- Todo aquel individuo o entidad distinta a un Servidor o Entidad Pública. 

Entretenimiento.- Eventos deportivos, sociales o culturales como partidos, torneos, funciones de teatro o conciertos. 

Familiar(es). – Se considera que existe un vínculo familiar (hasta 4º grado de parentesco) en los siguientes casos: Por consanguinidad en línea recta o colateral: padre, madre, abuelo(a), hijo(a), hermano(a), medio hermano(a), nieto(a), tío(a), primo(a) hermano(a) y sobrino(a). Por afinidad o civil: esposo(a), concubino(a), suegro(a), yerno, nuera, hijastro(a), cuñado(a), concuño(a) e hijo(a) plenamente adoptado(a). Por costumbre: padrino, madrina, ahijado(a), compadre y comadre. 

Gratificación. – También denominada “dádiva”, incluye cualquier pago realizado en efectivo, en especie o mediante descuento, como soborno para obtener una ventaja indebida. 

Patrocinios. – El acto de apoyar un evento, actividad, proyecto u organización a través de una contribución financiera por la provisión de servicios o productos (en especie), con la expectativa de obtener un beneficio para AEOIN como publicidad, uso de instalaciones u otras oportunidades para promover la marca, productos y servicios. El apoyo económico o en especie a conferencias, simposios, congresos externos se deben tratar como patrocinios. 

Regalos. – Cualquier artículo de valor o beneficio entregado a una persona, en donde el receptor del mismo lo recibe de manera gratuita o a un valor inferior al de mercado. Para efectos de esta Política, no se considera como regalo a los artículos promocionales que lleven la marca de alguna empresa y tengan un valor inferior a 100 USD, así como los otorgados por parte de AEION a sus colaboradores y aquellos que se otorguen entre colaboradores de AEION.

 

Servidor Público.- Toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal centralizada o en las entidades federativas y municipales; de manera enunciativa y no limitativa organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos, empresas productivas del Estado, en los órganos constitucionales autónomos, en el Congreso de la Unión, o en el Poder Judicial Federal, o que manejen recursos económicos federales, estatales o municipales. Asimismo, cualquier miembro perteneciente a algún partido político o candidato a cualquier puesto de elección popular. Para efectos de esta Política, se incluye a los empleados de proveedores que sean controlados por el Gobierno. 

Soborno. – Es ofrecer, prometer o regalar, así como exigir o aceptar, cualquier ventaja indebida o ganancia, sea directa o indirectamente, para obtener, conservar o llevar a cabo un negocio para una empresa particular o asegurar cualquier otra ventaja para lograrlo. 

Socios Comerciales. – Se refieren a entidades que forman parte de una relación de negocio con AEION con el fin de generar una ventaja competitiva. Estas relaciones se establecen mediante acuerdos contractuales en los que cada una de las partes aporta cualidades y características que la otra necesita para un fin determinado. 

Tercero(s).- Son todos los consultores, representantes, distribuidores, agentes, concesionarios, asesores generales, subcontratistas, franquiciatarios, contadores, abogados, representantes de ventas, agentes aduanales, intermediarios similares o cualquier proveedor de servicios con quienes AEION podrían tener relación. De igual forma, este concepto incluye a los Socios Comerciales y Asociaciones con los que AEION hace negocios, así como cualquier persona que tenga interacción con entidades o Servidores Públicos y cuyas actividades sean realizadas en nombre y representación de AEION.

 

Ventaja Indebida o Beneficio Indebido. – Ventajas o beneficios que son ilegales o pretenden evadir el cumplimiento con las leyes o regulaciones, código de ética y conducta o políticas internas, principalmente en materia de soborno, corrupción, extorsión, prácticas de mercado, conflictos de interés y mercado de valores. 

 

5. Reglamento interno.

a) Derechos humanos.

El respeto por los derechos humanos está integrado en la forma en la que hacemos negocios. Apoyamos y respetamos la protección de los principios de derechos humanos proclamados internacionalmente como se expresa en la Carta Internacional de Derechos Humanos y en la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo sobre Principios Fundamentales y Derechos en el Trabajo. Estamos comprometidos en promover y conservar un ambiente de trabajo en el que se condena, prohíbe y sancione todo tipo de acoso, violencia y hostigamiento o cualquier otra actividad que atente contra la dignidad y respeto de nuestros colaboradores. También tenemos el compromiso de cumplir con todas las leyes aplicables relacionadas con salarios y carga horaria que rijan nuestro trabajo, nunca usaremos ni condonaremos el uso de trabajos forzados o mano de obra infantil. Asimismo, respetamos el derecho a la libertad de asociación y el derecho a trabajar en un entorno seguro, saludable y humano.

Promovemos la inclusión para que la diversidad de nuestros colaboradores pueda aportar valor en un ambiente de derechos y deberes equitativos. No discriminamos a las personas haciendo alguna distinción, exclusión, restricción o preferencia que no sea objetiva, racional, ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, por cualquier motivo, incluyendo de origen, raza, estado civil, edad, opiniones, género, credo, tribu, asociación o afiliación a un sindicato, etnicidad, clase social o económica, embarazo, identidad de género, orientación sexual, condición de salud, discapacidad o nacionalidad.

 

b) Lugar de trabajo seguro y respetuoso.

Consideramos que la integridad física, la seguridad y la salud en el trabajo de nuestros colaboradores son tan importantes como cualquier otra función y objetivo de AEION. 

Tomamos las acciones necesarias para asegurar que se cumplan los siguientes objetivos de seguridad y salud en el trabajo: 

  1. Proveer y mantener lugares de trabajo seguros y saludables. 
  2. Proporcionar y mantener un ambiente de trabajo adecuado. 
  3. Desarrollar una cultura de seguridad entre el personal. 
  4. Proporcionar herramientas necesarias en situaciones que se requiera desempeñar el teletrabajo.

No toleraremos ningún tipo de acoso. Respetar a los demás significa que somos cuidadosos con la manera en la que tratamos a los otros y la forma en la que nos comunicamos. Recuerde considerar cómo podría hacer sentir a otros empleados, socios y clientes y no olvide que todos provenimos de orígenes distintos por lo que nuestras perspectivas podrían variar. Por ejemplo, lo que podría parecer una broma graciosa a una persona podría ser ofensivo para otra.

Siempre se debe fomentar un entorno de respeto mutuo y debemos ofrecernos apoyo y aliento los unos a los otros. Podemos promover estos comportamientos teniendo en cuenta nuestros valores, siendo transparentes y honestos, siendo constructivos en nuestras críticas y brindando reconocimiento.


c) Trabajo justo con nuestras partes interesadas.

Con los clientes. 

Trabajamos para ser la mejor opción de nuestros clientes al realizar todas nuestras actividades de manera justa, profesional y con integridad. No debemos discriminar a clientes o mercados. Alentamos a nuestros clientes a cumplir los estándares de nuestro código y las leyes. Debemos denunciar si nuestros clientes o socios participan en actividades ilegales o poco éticas. Únicamente debemos comprometernos con lo que podamos hacer por nuestros clientes. Si una circunstancia imprevista hace que sea imposible cumplir un compromiso con nuestro cliente, debemos notificar a nuestro supervisor inmediato y al cliente. No debemos hacer afirmaciones falsas sobre la calidad o disponibilidad de nuestros productos, fechas de entrega y términos de pago. Comercializamos nuestros productos y servicios de forma honesta y precisa, esperamos que los clientes actúen con la misma integridad. Siempre debemos llevar a cabo nuestros negocios de manera respetuosa con nuestros clientes, lo que incluye respetar las costumbres y tradiciones locales.

Con los proveedores. 

Debemos manejar siempre nuestras relaciones con proveedores con honestidad, respeto e integridad, ofreciendo oportunidades iguales a todas las partes, lo que incluye igualdad de oportunidades para licitar y ganar contratos. Nuestro proceso de compras debe ser consistente, respetuoso y confidencial. 

Nuestros criterios para la selección de proveedores son: 

Precios competitivos 

Calidad 

Servicio 

Apego a prácticas empresariales sostenibles 

La incorporación de proveedores debe seguir lineamientos establecidos y, debe proporcionarse y aprobarse documentación relevante antes de que podamos entablar una relación comercial. Los términos de pago y otras obligaciones contractuales deben apegarse a las políticas de AEION.

Con la comunidad. 

Nuestra capacidad de operar como una empresa responsable es fundamental para nuestro modelo de negocios, pues nos permite crear impactos positivos que generan valor sustancial para AEION y para la sociedad sin dejar de tomar en consideración criterios económicos, sociales y ambientales. Buscamos construir un mejor futuro al comprender las expectativas de las partes interesadas, gestionar los impactos de AEION y trabajar con terceros y con otros grupos de interés en iniciativas que cumplan con esa visión.

Con el gobierno. 

Nosotros trabajamos de forma respetuosa e íntegra con todos los organismos y funcionarios gubernamentales. Los organismos gubernamentales pueden actuar como reguladores, terceros o promotores. Siempre debemos realizar nuestras actividades de negocios con organismos y funcionarios gubernamentales de forma consistente con los valores de AEION, nuestro código, nuestras políticas y la ley.

Medio ambiente. 

Nuestros negocios siempre deben realizarse de forma sostenible y responsable desde un punto de vista medio ambiental.


d) Operaciones en cumplimiento.

Anticorrupción.

AEION prohíbe al personal prometer o proporcionar cualquier cosa de valor a funcionarios gubernamentales o a terceros para obtener una ventaja indebida o influenciar indebidamente cualquier decisión. También prohibimos aceptar o exigir cualquier cosa de valor para influenciar nuestra toma de decisiones en nombre de AEION.

Las leyes anticorrupción y antisoborno pueden ser complejas; por tanto, si no está seguro sobre un asunto o incidente, debe preguntar o plantear sus inquietudes al departamento Legal o de Recursos Humanos.

Cumplimiento normativo.

Operamos a nivel nacional. Cuando un representante gubernamental solicite información o documentos que se encuentren en posesión de AEION, dichas solicitudes deben coordinarse con el departamento de relaciones públicas.


6. Conflicto de interés.

Intereses Financieros

Quienes tengan o pretendan tener relaciones comerciales, de negocios, o inversiones en empresas u otros negocios que tengan o busquen relaciones comerciales o de negocios con AEION, sólo podrán llevar a cabo dichas relaciones comerciales, de negocios o inversiones, siempre y cuando éstas hayan sido previamente analizadas y aprobadas de acuerdo con los Lineamientos Internos de AEION. 

No tenemos intereses o inversiones que nos permitan tener una influencia, ni participamos en actividades comerciales de negocios competidores.

Familiares y Otros

No participamos ni influimos de manera directa o indirecta en los requerimientos, negociaciones, contrataciones y procesos de decisión, respecto a algún cliente, proveedor y/o socio comercial, si con alguno de ellos, o en alguno de ellos: 

  • Tenemos una relación familiar, o 
  • Tenemos a algún familiar que es socio, inversionista o representante, o 
  • Tenemos una relación (inclusive de amistad) que es susceptible de generarnos un conflicto con los intereses de AEION o algún beneficio personal, (incluyendo si esa relación es con un socio, inversionista, representante o empleado de dicho cliente, proveedor o socio comercial). 

Evitamos que bajo nuestra dependencia trabajen nuestros familiares, salvo en los casos autorizados por la Dirección General. 

Quienes realizamos trabajos de vigilancia, supervisión, auditoría o control sobre las actividades que realiza un familiar, informamos a nuestro superior para ser sustituidos de dicha responsabilidad, y en el caso del Director General de AEION, lo deberá informar al Consejo de Administración. 

No intercedemos ni satisfacemos requerimientos de superiores, subalternos, compañeros de trabajo, familiares o amistades, si con ello se perjudica a AEION.


7. Política de regalos corporativos.

No tenemos permitido solicitar, aceptar o pedir ningún regalo que pueda influenciar (o parecer influenciar) nuestra capacidad de tomar decisiones objetivas que favorezcan los intereses de AEION. Nunca debemos buscar o estructurar una negociación con base en un regalo, servicio o cortesía de un cliente, proveedor, consultor, proveedor de servicios u otro tercero.

No damos ni ofrecemos regalos a funcionarios públicos.

Ofrecer y recibir regalos no va en contra de nuestra política siempre que el regalo o cortesía sea de índole promocional, ocasional y de valor simbólico, se realice por razones comerciales legítimas y no busque provocar una influencia indebida en nosotros o en cualquier tercero.

Cuando un cliente o un proveedor nos hace una invitación, que implique un viaje fuera de la ciudad o para asistir a un evento deportivo o de cualquier otro tipo de entretenimiento, debemos cumplir con lo dispuesto en el presente Código de Ética y en los Lineamientos Internos AEION, y obtener previamente las aprobaciones correspondientes a fin de evaluar la justificación comercial para su asistencia.


8. Consecuencias por incumplir con el código.

El incumplimiento a esta Política y a las leyes anticorrupción pueden originar amonestaciones, sanciones civiles y penales. Las sanciones pueden ser aplicadas tanto a nivel individual (personas físicas), como persona moral, inclusive si los actos se realizaran fuera de México. 

Es responsabilidad de los colaboradores: 

Entender y cumplir esta política, la de Integridad y el Código de Ética y Conducta.  

Asegurar que el equipo de trabajo a su cargo conozca y cumpla los lineamientos de esta política. 

Ayudar a prevenir actos de soborno o corrupción, estar alertas de cualquier incumplimiento y en caso de presentarse, reportarlo. 

En caso de ser responsables de relaciones con Terceros, asegurar que están familiarizados y se apeguen a esta Política, la de Integridad y el Código de Ética y Conducta. 

Contactar al área de recursos humanos en caso de dudas. 

El incumplimiento de esta Política puede dar lugar a las siguientes sanciones dependiendo de su gravedad: 

  1. a) Amonestación verbal. 
  2. b) Llamada de atención por escrito. 
  3. c) Suspensión temporal de funciones o de ciertos beneficios. 
  4. d) Terminación de la relación laboral.
  5. e) Otras que procedan legalmente, incluyendo la reparación del daño. 

El Comité de Ética es responsable de determinar cualquier acción disciplinaria dependiendo de la gravedad de la falta. 

El incumplimiento de esta política por parte de terceros puede resultar, como mínimo, en la cancelación de la relación comercial y reparación del daño. 


9. Canales de comunicación.

Difundimos, a través de nuestros canales oficiales de comunicación, nuestro Código de Ética a lo largo de toda nuestra cadena de valor.

Promovemos y facilitamos la detección de prácticas ilegales y conductas, conforme a lo establecido en el Código de Ética, los colaboradores deben reportar cualquier incumplimiento a la Política de Anticorrupción que conozcan, incluyendo actos promovidos por autoridades en funciones, a través de los siguientes medios: 

  1. Dirección de correo: contacto@aeion.mx
  2. Página de Internet: www.aeion.mx